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Nueva ley de emprendedores

La nueva Ley de Emprendedores

Análisis detallado del Proyecto de la nueva ley de emprendedores –Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes– publicado por El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital público el pasado mes el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.  El Ministerio indica que la Ley Startup sitúa la legislación española en la materia en la vanguardia en atracción de inversión, talento y emprendimiento innovador.

  1. Características definitorias de las Start Up

Antes de entrar a analizar la normativa debemos preguntarnos ¿qué es una start up?, pues bien, en la exposición de motivos del proyecto establecen una serie de requisitos definitorios:

  • Antigüedad de la empresa (ser de nueva creación o de un máximo de cinco años desde su constitución y de siete años en el caso del sector de biotecnología, energía, industrial u otros según avance el estado de la tecnología).
  • Su independencia.
  • Tener sede social o establecimiento permanente en España, así como un porcentaje mayoritario de la plantilla con contrato en España,
  • Su carácter innovador.
  • No ser cotizada ni haber distribuido dividendos y no alcanzar un volumen de negocio superior a los diez millones de euros.
  1. Principales cambios introducidos

El cumplimiento de estos requisitos, previa comprobación de estos por la entidad encargada, como analizaremos posteriormente, implicará una amplia variedad de beneficios, principalmente fiscales y de cotización a la seguridad social, entre los que podemos destacar

  • La reducción del Impuesto de Sociedades (pasa del 25% al 15%) y en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes durante cuatro años.

Dicha medida ya se incluía en la LIS sin embargo eran durante dos años, duplicándose la duración de la bonificación y consecuentemente dando unas bases tributarias bastante favorables para la creación de empresa.

  • El aplazamiento del pago de la deuda tributaria sin intereses ni garantías.

Nueva medida que sin embargo puede ser considerada demasiado permisiva, puede que incentivando una deuda pública que posteriormente complicará sustancialmente la reestructuración o refinanciación de la empresa.

  • Deducción en el IRPF por inversión en empresas de nueva o reciente creación, aumentándose dicha deducción a el 50% de las inversiones (antes 30%), y ampliación a 100.000 euros de la base de cálculo máxima (antes 60.000 euros).

La inversión en Start up debía presentarse con unos incentivos mayores, invertir en una empresa de nueva creación es invertir en un activo volátil. Los grandes capitales deben de tener motivos de peso para invertir en el nuevo tejido empresarial, motivos a los que paulatinamente la regulación se está aproximando.

  • Se añade el artículo 38 quinquies del Estatuto del Trabajador Autónomo, eliminando la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad. La eliminación de la duplicidad se extiende a 3 años para emprendedores que trabajen de forma simultánea para un empleador por cuenta ajena. 

Una auténtica traba que se encontraban los emprendedores, en la inmensa mayoría de las ocasiones. En el comienzo de una actividad, en muchas ocasiones la persona física que está detrás de la misma se debe de mantener en una relación laboral estable para poder encontrar sustento. Esto implicaba una doble cotización que poco beneficiaba al emprendimiento.

  • Se eliminan aranceles notariales y registrales se agilizan los trámites para poder constituir una empresa con un solo paso y por medios telemáticos, sin costes notariales ni registrales constitución e inscripción en el registro mercantil en 6 horas y de manera telemática. (CIRCE)

Actualmente encontramos el CIRCE un sistema por el cual la constitución de sociedades se hace más sencilla, eso si, debemos indicar que la plataforma aún presenta inconvenientes e incompatibilidades con la realidad jurídica, exigiendo requisitos que legalmente no son exigibles, pero que el propio CIRCE si que añade.

Como conclusión, la eficacia de la ayuda, o agilidad de los medios telemáticos, sin aranceles y sin registradores dependerá en gran medida de la plataforma. Con el sistema actual la constitución tradicional de una sociedad, acudiendo a Notario y posteriormente al registro mercantil es mucho menos complicado o engorroso que la constitución por medio de la plataforma CIRCE.

  1. La calificación como Start up ENISA

Finalmente indicar que la empresa encargada de la calificación de la empresa como empresa emergente será ENISA, será la encargada de evaluar qué empresas son startups y cuáles no lo son.

Empresa Nacional de Innovación (ENISA) dirigida a empresas emergentes lideradas por mujeres, que cuenta con un presupuesto de 51 millones de euros, para reducir la brecha de género en el ámbito del emprendimiento innovador. Además de lo anterior será la empresa que actuará como ventanilla única a la hora de solicitar la calificación.

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