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Nueva Ley Concursal 2020

Nueva Ley Concursal 2020

El pasado 1 de septiembre de 2020 entró en vigor el Texto Refundido de la Ley Concursal, que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado, a través del Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo y derogó la vigente Ley 22/2003. Este texto refundido incorpora modificaciones y aclaraciones de los artículos de la ley anterior, y está compuesto por 752 artículos, divido en tres grandes bloques: el concurso de acreedores, el derecho preconcursal y normas de derecho internacional privado..

Hay que destacar que este nuevo texto aclara que la fecha de la declaración de concurso será la de la resolución apelada en caso de que se hubiese estimado el recurso contra la desestimación de la solicitud de concurso. Además, se amplía la competencia del juez del concurso para conocer de acciones de responsabilidad contra administradores o liquidadores, cuando éstas se dirijan contra la persona natural. Asimismo, se faculta al juez para acordar la consolidación excepcional de masas de concursos declarados conjuntamente o acumulados.

Un concurso en ocasiones puede salvar tu empresa

En muchas ocasiones algunos empresarios desconocen el verdadero significado y efectos del concurso de acreedores para una empresa. Consideran que la última opción debe de ser declarar a su empresa en concurso, sin imaginar los beneficios que puede aportar esta figura. Un concurso declarado temprano puede salvar una empresa, puesto que la empresa insolvente que solicita la declaración del concurso puede continuar con la actividad y el negocio, ya que desde el momento que existe el Auto de declaración de concurso, se prohíbe pagar deudas anteriores a dicho auto. Tan solo existe una obligación de pagar todas aquellas deudas que hayan sido devengadas a partir del auto, esto se debe al objetivo de garantizar la supervivencia de la empresa.  Por último, destacamos que el RDL 16/2020, que nació para hacer frente al COVID-19, establecía que hasta el 31 de diciembre de 2020 el deudor insolvente no tiene la obligación de presentar concurso de acreedores, aunque se encuentre en insolvencia, y seguirá estando vigente hasta la fecha mencionada. En NR2 Abogados contamos con un equipo de abogados expertos en derecho concursal, que estarán encantados de ampliarle el presente contenido y ayudarle en cualquier tipo de inconveniente legal fruto de la situación actual a la que nos enfrentamos.

No dude en ponerse en contacto con nosotros escribiendo a  info@nr2abogados.com o llamando al 915 75 41 57. 
¡Estaremos encantados de atenderle!

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